La excedencia laboral es un derecho que tienen los trabajadores por cuenta ajena para suspender temporalmente el contrato de trabajo. Está regulada en el artículo 46 del Estatuto de los trabajadores y para solicitarla se deben cumplir dos requisitos:
- Tener al menos un año de antigüedad en la empresa.
- Solicitarla por un plazo mínimo de 4 meses y máximo de 5 años.
- Que haya transcurrido al menos cuatro años desde una excedencia anterior, si la hubiera.
Como aspecto destacado de la excedencia voluntaria hay que mencionar que el trabajador no está obligado a comunicar los motivos o la causa por la que solicita dicha excedencia.
¿Cómo solicitarla?
Dada la importancia del trámite, esta medida ha de solicitarse por escrito, y se debe incluir claramente la fecha de inicio y duración.
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